¿Necesitas una tasación oficial de viviendas, locales, oficinas, garajes,edificios, solares?
1.- Reparto de herencias previa, para asignar lotes a los herederos o para el reparto una vez producida la defunción
2.- Asesoramiento en compraventas
3.- Separaciones de patrimonio por separaciones matrimoniales o por disolución empresas y reparto según valor
4.- Aval para la AEAT en caso de diferir pagos pendientes con la administración
5.- Como valoración contradictoria en liquidación de impuestos de compraventa, recomendable realizarla en el momento de la compraventa
6.- Aportaciones patrimoniales a empresas
7.- Viabilidad de operaciones inmobiliarias
1.- Reparto de herencias previa, para asignar lotes a los herederos o para el reparto una vez producida la defunción
2.- Asesoramiento en compraventas
3.- Separaciones de patrimonio por separaciones matrimoniales o por disolución empresas y reparto según valor
4.- Aval para la AEAT en caso de diferir pagos pendientes con la administración
5.- Como valoración contradictoria en liquidación de impuestos de compraventa, recomendable realizarla en el momento de la compraventa
6.- Aportaciones patrimoniales a empresas
7.- Viabilidad de operaciones inmobiliarias
La tasación oficial de viviendas que puedes adquirir sigue parte de la norma ECO/805/2003
que obliga a cumplir diversas condiciones para que la tasación sea oficial:
- El tasador tiene que visitar el inmueble.
- El tasador tiene que tomar medidas del inmueble adjuntando (plano facilitado o plano confeccionado por el mismo).
- Toma de fotografías para acreditar el estado del inmueble.
- Se debe realizar la comparación con seis inmuebles de características similares existentes en oferta en el entorno realizando la homogenización y comparación de estos para obtener el valor del inmueble valorado.
- Identificar que la finca registral que estás valorando se corresponde con el inmueble visitado.
- Comprobar la situación urbanística del inmueble para que no exista ninguna ilegalidad urbanística.
La documentación necesaria que deberá disponerse y entregarse en el momento
de encargar o visitar el inmueble es:
- Fotocopia Nota simple registral con menos de 3 meses de antigüedad o copia de la escritura de la propiedad registrada.
- Referencia catastral del inmueble. (IBI)
- Plano del inmueble (en caso de disponerse).
- Si el inmueble estuviese gravado con alguna carga (usufructo, derecho de uso, opción de compra, etc..), o sufriese alguna limitación de carácter jurídico (VPO) el solicitante deberá comunicar este extremo al técnico aportando la documentación acreditativa de este extremo.
- Si el inmueble estuviese arrendado o cedido el uso a un tercero, el solicitante deberá aportar contrato que acredite las condiciones en las que se haya pactado el arrendamiento o cesión, aportando asimismo el último recibo de renta abonado.
Porque escoger una valoración o tasación directamente con el técnico y no
con una empresa homologada por los bancos?
1.- Trato directo con el técnico que realiza la visita y el informe
2.- Mejor defensa del informe en sede judicial en caso de llegar a juicio entre partes.
3.- Asesoramiento y explicaciones personalizadas no sujetas a la intermediación de una empresa.
1.- Trato directo con el técnico que realiza la visita y el informe
2.- Mejor defensa del informe en sede judicial en caso de llegar a juicio entre partes.
3.- Asesoramiento y explicaciones personalizadas no sujetas a la intermediación de una empresa.
El tipo de
informe que se realiza es
Una vez realizada la visita al inmueble y confeccionado el informe,
recibirás el informe de tasación directamente en el correo electrónico que uses
para el registro, en formato PDF y firmado digitalmente.
Pere Domènech Bernat
Arquitecte Tècnic i Enginyer Edificació
Arquitecte Tècnic i Enginyer Edificació
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ARQUITECNIC.NET
Ramón y Cajal, 45 Local 4ª · 08012 Barcelona
Tel. 670 257 703
Correu electrònic : tecnic@arquitecnic.net
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